Establece la creación del Sistema de Vigilancia y Control de Sustancias y Agentes Cancerígenos (S.V.C.C.) en el ámbito de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (ART). Aprueba y describe el listado de sustancias y agentes cancerígenos, el procedimiento para informar su presencia y el listado de códigos de agentes de riesgo. También se normativa la obligatoriedad de la inscripción en el S.V.C.C. de los empleadores que produzcan o utilicen estas sustancias. Los empleadores deben realizar la inscripción a través de las A.R.T.
También se establecen sanciones por incumplimiento y se modifican listados y requerimientos relacionados con la protección de los trabajadores expuestos a estas sustancias.
Fuente: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/325000-329999/329835/norma.html